Atención al consumidor
¿Qué es Atención al consumidor?
La Ley 1328 de 2009 consagró un régimen especial de protección a los consumidores financieros denominado “sistema de atención a los Consumidores Financieros -SAC- el cual debe propender porque:
Adicional a lo señalado anteriormente en relación con las disposiciones de la Ley 1328 de 2009, en los Capítulos I y II, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica en se estableció un régimen enmarcado en la protección del consumidor financiero, fundamentado en tres pilares esenciales:
Parte superior - Se consolide al interior de cada entidad una cultura de atención, respeto y servicio a los consumidores financieros;
- Se adopten sistemas para suministrarles información adecuada;
- Se fortalezcan los procedimientos para la atención de sus quejas, peticiones y reclamos;
- Se instruya a sus funcionarios respecto de la figura del Defensor del consumidor Financiero, sus funciones y procedimientos; y
- Se propicie la protección de los derechos del consumidor financiero, así como la educación financiera de éstos.
PROPÓSITO
El propósito, es el de consolidar al interior de la aseguradora una cultura de atención, respeto y servicio a los Consumidores Financieros, adoptando sistemas, herramientas y todos los recursos pertinentes para suministrar información adecuada a los Consumidores Financieros. Fortaleciendo los procedimientos para la atención de quejas, peticiones y reclamos de los Consumidores Financieros, propinando la protección de los derechos del Consumidor Financiero, así como la educación financiera de los mismos.Adicional a lo señalado anteriormente en relación con las disposiciones de la Ley 1328 de 2009, en los Capítulos I y II, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica en se estableció un régimen enmarcado en la protección del consumidor financiero, fundamentado en tres pilares esenciales:
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- El suministro de Información
- La debida atención y protección a los consumidores Financieros
- La defensoría del consumidor